marzo 12, 2012

Lineamientos Académicos


Lineamientos Académicos para la creación, autorización y gestión de los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater


Gaceta Oficial Nº 39.876 del 5 de marzo de 2012
La presente tiene por objeto establecer los lineamientos académicos para la creación, autorización y gestión de los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater.
La creación de los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater se realizará mediante acto administrativo, dictado por la Ministra o Ministro del Poder Popular para la Educación Universitaria.
Los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater tendrán los siguientes principios comunes:
1. Vinculación con los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
2. Formación integral del o la participante en el desarrollo de los saberes.
3. Dinamización transversal del currículo, a través de los proyectos implicadores.
4. Creación de espacios educativos abiertos, a todos los participantes a fin de promover un diálogo de saberes.
Los Programas Nacionales de Formación tendrán los siguientes requisitos de egreso:
1. Los estudios conducentes al Título de Técnica o Técnico Superior Universitario requieren la aprobación de las unidades créditos definidas en el diseño curricular que tendrán una carga mínima de noventa (90) y una máxima de ciento diez (110).
2. Los estudios conducentes a los Títulos de Licenciada o Licenciado, Ingeniera o Ingeniero o su equivalente, requieren la aprobación de las unidades créditos definidas en el diseño curricular que tendrán una carga mínima de ciento ochenta (180) y una máxima de doscientos veinte (220).
3. Diseño y ejecución de proyectos que respondan a las necesidades socioproductivas desde la realidad geohistórica en correspondencia con los planes de desarrollo de los municipios y del Estado.
Las Instituciones de Educación Universitaria autorizadas para la gestión de los Programas Nacionales de Formación en el marco de la Misión Sucre y la Misión Alma Mater deberán presentar informes semestrales al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria, en el orden académico y administrativo, con el fin de hacer seguimiento preventivo, generar soluciones a los eventuales inconvenientes que se susciten y garantizar información confiable para la evaluación continua de los programas.
La presente Normativa entró en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, quedando sin efecto la Resolución Nº 1.526, de fecha 28 de octubre de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.788, de la misma fecha, y la Resolución Nº 2.963 de 13 de mayo de 2008, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.930 de fecha 14 de mayo de 2008, mediante la cual se “Regulan los Programas Nacionales de Formación en Educación Superior”.
GERENCIA DE EDITORIAL Y NUEVOS PRODUCTOS
Editor de Contenido Jurídico Junior
Andrés Rauseo

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